Requisitos generales

Para poder solicitar la Regularización Extraordinaria 2026, debes cumplir todas estas condiciones. Ten en cuenta que son requisitos acumulativos: necesitas cumplirlos todos a la vez. Si te falta alguno, conviene resolverlo antes de que se abra el plazo de presentación.

Importante: Debes cumplir todos los requisitos a la vez. Si te falta alguno, conviene resolverlo antes de presentar la solicitud.

Documentos obligatorios

Estos son los documentos que necesitas en todos los casos, independientemente de tu vía de solicitud. Recomendamos empezar a reunirlos cuanto antes, ya que algunos (como los antecedentes penales del país de origen) pueden tardar varias semanas en obtenerse. Tenerlos listos te permitirá presentar la solicitud rápidamente cuando se abra el plazo.

Pasaporte o documento de identidad

Original y copia. Puede estar vigente o caducado. Si está caducado, intenta renovarlo en el consulado de tu país antes de presentar la solicitud. El pasaporte es el documento principal que acredita tu identidad y nacionalidad.

Certificado de empadronamiento actual

Se solicita en el Ayuntamiento de tu localidad. Debe tener una antigüedad máxima de 3 meses en el momento de presentar la solicitud. Este certificado demuestra dónde vives actualmente.

Antecedentes penales de España

Se puede obtener de forma gratuita en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (con certificado digital o Cl@ve) o de forma presencial. El certificado confirma que no tienes condenas penales en España.

Antecedentes penales del país de origen

Se solicita en el consulado o embajada de tu país en España. El documento debe llevar la Apostilla de La Haya y, si no está en español, necesita traducción jurada. Este trámite puede tardar varias semanas, por lo que conviene solicitarlo con antelación.

Tasa 790, código 052

El importe es de 38,28 euros (epígrafe 2.3.1). Se descarga el modelo 790 desde la web del Ministerio, se rellena y se paga en el banco. Guarda el justificante de pago: lo necesitarás para la solicitud.

Formulario EX-10

Es el formulario oficial de solicitud de autorización de residencia temporal. Se presenta debidamente cumplimentado y firmado. Puedes descargarlo desde la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

3 fotografías tamaño carnet

Deben ser recientes, con fondo blanco, de frente y sin gafas de sol ni gorros. Son las mismas que se usan para el DNI o NIE.

Consejo: Prepara todos los documentos obligatorios antes de empezar con las pruebas complementarias. Así evitas retrasos innecesarios.

Pruebas de entrada en España (Vía DT6)

Si solicitas por la vía DT6, necesitas demostrar que entraste en España antes del 1 de enero de 2026. No todos los documentos tienen el mismo valor probatorio. Cuanto más fuerte sea la prueba, más fácil será para la Administración verificar tu entrada. En la siguiente tabla te mostramos los documentos más habituales y su peso:

Documento Peso probatorio
Sello de entrada en el pasaporte Fuerte
Billete de avión o autobús Medio
Tarjeta de embarque Medio
Reserva de alojamiento (con fecha) Leve
Otro documento con fecha verificable Variable
Recomendación: Presenta al menos una prueba de entrada. Cuanto más fuerte sea el documento, mejor. Si no tienes el sello en el pasaporte, combina varias pruebas de peso medio.

Pruebas de permanencia continuada

Además de demostrar tu entrada, debes probar que has vivido en España de forma continuada durante el tiempo requerido. Cuantos más documentos presentes, más sólida será tu solicitud. La clave está en cubrir diferentes periodos de tiempo: por ejemplo, un empadronamiento histórico demuestra residencia a largo plazo, mientras que las facturas de suministros muestran actividad mes a mes. Combina pruebas de diferentes tipos para construir un expediente fuerte. Estos son los documentos más habituales:

Documento Peso probatorio
Empadronamiento histórico Fuerte
Contrato de alquiler Fuerte
Extractos bancarios Fuerte
Facturas de suministros (luz, agua, gas, internet) Medio
Citas médicas o informes sanitarios Medio
Recibos de envío de remesas Medio
Certificados de ONG o entidades del Tercer Sector Medio
Informes escolares de hijos Medio
Abono de transporte Leve
Recibos diversos (compras, servicios) Leve
Recomendación: Presenta un mínimo de 3 pruebas de permanencia, pero cuantas más reúnas, mejor. Lo ideal es combinar pruebas de peso fuerte con pruebas de peso medio para cubrir diferentes periodos de tiempo.

Documentos según tu vía de solicitud

Dependiendo de tu situación personal y de la vía por la que solicites (laboral, familiar o vulnerabilidad), necesitarás documentos adicionales a los obligatorios. A continuación te explicamos qué necesitas en cada caso:

Vía laboral

Si puedes acreditar actividad laboral previa en España o tienes una oferta de empleo, necesitas:

Vía familiar (menores a cargo)

Si solicitas como padre, madre o tutor de un menor en España:

Vía de vulnerabilidad

Si te encuentras en una situación de especial vulnerabilidad. El borrador establece una presunción de vulnerabilidad por la propia situación de irregularidad administrativa, pero necesitas el documento acreditativo formal:

Nota: Algunas personas pueden cumplir los requisitos de más de una vía. Si tienes dudas sobre cuál te conviene, consulta con un abogado especializado.

Tasas

Para presentar la solicitud de Regularización Extraordinaria debes pagar la siguiente tasa administrativa:

Modelo 790, código 052 — Epígrafe 2.3.1

Importe: 38,28 euros.

Cómo pagar

  1. Descarga el modelo 790 código 052 desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  2. Rellena tus datos personales en el formulario.
  3. Selecciona el epígrafe 2.3.1 (autorización de residencia temporal).
  4. Acude a una entidad bancaria colaboradora y paga 38,28 euros. El banco te sellará el justificante.
  5. Guarda el ejemplar para el interesado y adjunta la copia a tu solicitud.
Importante: La tasa debe estar pagada antes de presentar la solicitud. Sin el justificante de pago, no se admitirá tu expediente.

¿Qué pasa después de presentar la solicitud?

Una vez presentada tu solicitud con todos los documentos, estos son los pasos que siguen:

Si tu solicitud es aprobada, obtendrás una autorización de residencia y trabajo temporal por 1 año, renovable. Podrás trabajar en todos los sectores, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Tus hijos menores de hasta 5 años también podrán ser regularizados de forma simultánea.

Recuerda: Esta información está basada en el segundo borrador del proyecto de Real Decreto (febrero 2026). El texto definitivo se publicará en el BOE y algunos detalles podrían cambiar. Actualizaremos esta página cuando se publique la versión final.

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